| Terminologia | Concepto Español | Referencia | Terminología Portugués |
| Dación en pago | Es la recepción voluntaria, por parte del acreedor, de un hecho distinto de aquel al que tenía derecho a exigir como tal acreedor. | ARGERI, Saúl A. Diccionario de Derecho Comercial y de la Empresa. Buenos Aires: Edit. Astrea de Alfredo y Ricardo de Palma,1982. | Dação em pagamento |
| Declaración | Dentro de los plazos previstos, el contribuyente o tercero obligado presenta la declaración para fines tributarios que es revisada por la autoridad fiscal , incluyendo la determinación del valor de la base de calculo. | NOGUEIRA, Ruy Barbosa. Curso de Direito Tributário. 14ª ed. São Paulo: Saraiva, 1995. | Autoavaliação |
| Declaración jurada | Dentro de los plazos previstos, el contribuyente o tercero obligado presenta la declaración para fines tributarios que es revisada por la autoridad fiscal, incluyendo la determinación del valor de la base de cálculo. | NOGUEIRA, Ruy Barbosa. Curso de Direito Tributário. 14ª ed. São Paulo: Saraiva, 1995. | Autoavaliação |
| Deducción tributaria | Beneficio consistente en no considerar parte de un impuesto o de su base imponible para efecto de la determinación del tributo a pagar. | --- | Dedução tributária |
| Defraudación fiscal | Toda acción u omisión dolosa (fraudulento) tendiente a impedir o retardar, total o parcialmente, la ocurrencia del hecho generador de la obligación tributaria principal, o a excluir o modificar sus características esenciales, con el fin de reducir el monto del impuesto adeudado, o evitar o diferir su pago¹.
| BRASIL. Lei nº. 4.502 de 30 de novembro de 1964. "Dispõe sobre o Imposto de Consumo e reorganiza a Diretoria de Rendas Internas". Disponible en: http://wwwt.senado.gov.br/netacgi/nph-brs.exe?sect2=NJURLEGBRAS&s1=&s2=@docn&s3=%22004502%22&s4 =1964&s5=&l=20&u=%2Flegbras%2F&p=1&r=1&f=s&d=NJUR. Acceso en: 24 julho 2003. | Fraude fiscal |
| Defraudación fiscal | Toda acción u omisión dolosa (fraudulenta) que pretende impedir o retardar, total o parcialmente, el conocimiento por parte de la autoridad tributaria, de la ocurrencia del hecho generador de la obligación tributaria principal, su naturaleza o circunstancias materiales, o de las condiciones personales del contribuyente, susceptibles de afectar la obligación tributaria principal o el crédito tributario correspondiente. Sucede después de ocurrido el hecho generador.² | BRASIL. Lei nº. 4.502 de 30 de novembro de 1964. "Dispõe sobre o Imposto de Consumo e reorganiza a Diretoria de Rendas Internas". Disponible en: http://wwwt.senado.gov.br/netacgi/nph-brs.exe?sect2=NJURLEGBRAS&s1=&s2=@docn&s3=%22004502%22&s4 =1964&s5=&l=20&u=%2Flegbras%2F&p=1&r=1&f=s&d=NJUR. Acceso em: 24 julho 2003. | Sonegação fiscal |
| Depreciación | Disminución del valor de un bien, debido a modificaciones en su estado o calidad resultantes de edad, deterioración en razón del uso o mantención inadecuados, mutilación o inadecuación funcional. | ABNT – Associação Brasileira de Normas Técnicas.NBR 14.653/03 – Norma Brasileira de Avaliação de Bens, parte 1 - Procedimentos Gerais. | Depreciação |
| Derecho | Tarifa prefijada para tributos fijos, o porcentaje que es aplicado sobre el valor de la base de cálculo para tributos variables. | NOGUEIRA, Ruy Barbosa. Curso de Direito Tributário. 14ª ed. São Paulo: Saraiva, 1995.
| Alíquota |
| Derecho | Tipo de tributo que presupone la prestación de una actividad gubernamental, sea en función del ejercicio regular del poder fiscalizador o por la prestación de servicio público, específico y divisible, efectivamente prestado al usuario o puesto a su disposición.² | MACHADO Jr, J. Teixeira; Reis, COSTA, Heraldo da. A Lei 4.320 Comentada. 28ª ed. Rio de Janeiro: IBAM, 1998. | Taxa |
| Derecho de Superficie | Derecho real sobre el inmueble de otro, que permite construir o hacer uso de una construcción ya existente, a perpetuidad o por un largo tiempo, a cambio del pago de una renta periódica. En general, el titular del derecho de superficie es el responsable por el pago del impuesto sobre bienes inmuebles. | Referência
Universo Jurídico. Disponible en: http://www.uj.com.br/publicacoes/doutrinas/2088/DIREITO_DE_SUPERFICIE
| Direito de Superfície |
| Descuento | Reducción del impuesto a ser pagado sobre una base, por ejemplo, en valor o porcentaje pre-establecido de aumento en función del impuesto pagado el año anterior de la valuación, del valor de la renta o de un índice general de aumento del impuesto. | --- | Limitador |
| Destinación de ingresos | Uso específico determinado para ingresos dado el monto recaudado. | --- | Destinação de receitas |
| Destino de las rentas | Uso específico determinado para rentas dado el monto recaudado. | --- | Destinação de receitas |
| Destino específico | Uso específico de ingreso o rentas dado el monto recaudado. | --- | Destinação de receitas |
| Desviación del mercado | En relación al tratamiento justo o igualitario de propiedades individuales, contempla el grado de dispersión existente entre el cuociente de los valores estimados y los valores de mercado de los inmuebles estimados. Las medidas incluyen el coeficiente de dispersión, el coeficiente de variación y el diferencial relacionado al precio. | --- | Uniformidade da avaliação |
| Determinación | Procedimiento administrativo tendiente a verificar la ocurrencia del hecho generador de la obligación correspondiente, determinar la materia tributable, calcular el monto del tributo adeudado, identificar el sujeto pasivo, y siendo el caso, proponer la aplicación de una penalidad específica. | HARADA, Kiyoshi. Código Tributário Nacional Anotado. Lei nº 5.172, de 25 de outubro de 1966. 6ª ed. São Paulo: IGLU. | Lançamento |
| Diferimiento | La concesión legal de un periodo de tolerancia en la exigencia de deudas, concedida a toda una categoría de contribuyentes, conforme a su actividad profesional, región, u otro criterio. Puede ser general, incluyendo todas y cualquiera de las deudas, en caso de crisis política o económica de extrema gravedad. | BALEEIRO, Aliomar. Direito Tributário Brasileiro. 10.ª ed. Rio de Janeiro: Forense, 1993. | Moratória |
| Diferimiento | Consiste en la concesión legal de un periodo de tolerancia en la exigencia de deudas, concedida a toda una categoría de contribuyentes, conforme a su actividad profesional, región, u otro criterio. Puede ser general, incluyendo todas y cualquiera de las deudas, en caso de crisis política o económica de extrema gravedad. | BALEEIRO, Aliomar. Direito Tributário Brasileiro. 10.ª ed. Rio de Janeiro: Forense, 1993. | Prorrogação do prazo |