| Terminologia | Concepto Español | Referencia | Terminología Portugués |
| Banco central | Es la institución encargada de controlar la emisión de moneda en circulación, las reservas monetarias, el sistema bancario privado y el sistema financiero. | Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila. Disponible en:
http://www.sfcoahuila.gob.mx/glosario/ingresos/6.html. Acceso em 20.11.2006.
| Banco central |
| Base de cálculo | Medida de materialidad de la hipótesis de incidencia tributaria, siendo de fundamental importancia para determinar la forma de distribución de la carga tributaria. Suma monetaria que conjuntamente con la alícuota objetiva establece la cantidad adeudada. | CARRAZZA, Roque A. Curso de Direito Constitucional Tributário. 18ª São Paulo: Malheiros, 2002. | Base de cálculo |
| Base gravable | Medida de materialidad de la hipótesis de incidencia tributaria, siendo de fundamental importancia para determinar la forma de distribución de la carga tributaria. Suma monetaria que conjuntamente con la alícuota objetiva establece la cantidad adeudada. | CARRAZZA, Roque A. Curso de Direito Constitucional Tributário. 18ª São Paulo: Malheiros, 2002. | Base de cálculo |
| Base imponible | Medida de materialidad de la hipótesis de incidencia tributaria, siendo de fundamental importancia para determinar la forma de distribución de la carga tributaria. Suma monetaria que conjuntamente con la alícuota objetiva establece la cantidad adeudada. | CARRAZZA, Roque A. Curso de Direito Constitucional Tributário. 18ª São Paulo: Malheiros, 2002. | Base de cálculo |
| Base impositiva | Medida de materialidad de la hipótesis de incidencia tributaria, siendo de fundamental importancia para determinar la forma de distribución de la carga tributaria. Suma monetaria que conjuntamente con la alícuota objetiva establece la cantidad adeudada. | CARRAZZA, Roque A. Curso de Direito Constitucional Tributário. 18ª São Paulo: Malheiros, 2002. | Base de cálculo |
| Base tributaria | Medida de materialidad de la hipótesis de incidencia tributaria, siendo de fundamental importancia para determinar la forma de distribución de la carga tributaria. Suma monetaria que conjuntamente con la alícuota objetiva establece la cantidad adeudada. | CARRAZZA, Roque A. Curso de Direito Constitucional Tributário. 18ª São Paulo: Malheiros, 2002. | Base de cálculo |
| Benefício | Mejoramiento que se realiza en un bien con la intención de aprovecharlo, conservarlo, embellecerlo, mejorarlo o valorizarlo, y que no puede ser retirado, sin destrucción, fractura o daño. | ABNT – Associação Brasileira de Normas Técnicas.NBR 14.653/03 – Norma Brasileira de Avaliação de Bens, parte 1 - Procedimentos Gerais. | Benfeitoria |
| Benefício tributario | Beneficio que consiste en la exclusión total o parcial del crédito tributario con el fin de incentivar la expansión económica de una determinada región o actividad de un sector. | NOGUEIRA, Ruy Barbosa. Curso de Direito Tributário. 14ª ed. São Paulo: Saraiva, 1995. | Incentivo fiscal |
| Bien inmobiliario | Bien constituido por terreno y eventuales mejoras incorporadas al mismo, natural o artificialmente. | --- | Imóvel |
| Bien inmueble | Bien constituido por terreno y eventuales mejoras incorporadas al mismo, natural o artificialmente. | --- | Imóvel |
| Bien inmueble residencial | Tipo de inmueble utilizado para vivienda. | --- | Imóvel residencial |
| Bien inmueble rural | Tipo de inmueble, en general, localizado fuera del perímetro urbano del municipio, destinado al uso agrícola o pastoril. | --- | Imóvel rural |
| Bien mueble | Son muebles por su naturaleza los bienes que pueden trasladarse de un lugar a otro. Ejemplos: Equipos de transporte, maquinaría, etc. | Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila. Disponible en:
http://www.sfcoahuila.gob.mx/glosario/ingresos/6.html. Acceso em 20.11.2006.
| Bem móvel |
| Bienes públicos | Los bienes públicos son aquellos que todos pueden disfrutar y que es imposible impedir que alguien los disfrute, es decir, no funciona el principio de exclusión. Son bienes que no puede proveer el mercado, por lo que deben ser producidos por el Estado o este debe inducir su producción. Por ejemplo, una red de autopistas. | SAMUELSON, Paul & NORDHAUS, William. 2006. Economía. 18 ed. McGraw-Hill Interamericana Editores. México. | Bens públicos |